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¿Qué es un residuo?
Los residuos tienen una mala reputación. De hecho si se gestionan mal, pueden causar impactos en el medio ambiente: polución del aire, degradación del suelo o contaminación del agua. Pero, ¿qué es exactamente un residuo?
Dentro de la Unión Europea, se considera un residuo « cualquier sustancia u objeto del cual su poseedor se desprenda o tenga la intención u obligación de desprenderse ». En otras palabras, se trata de cualquier objeto o sustancia destinada a ser valorizada o eliminada.
La valorización incluye tanto el reciclado como la recuperación de energía.
Para saber +: eur-lex.europa.eu
En casa o en la empresa: diferentes residuos, un mismo desafío - ¡Reducir!
Los residuos se distinguen principalmente en función de sus emisores :
- los hogares producen residuos domésticos: muebles, ropa, utensilios, envases domésticos, etc...
- las empresas industriales y artesanos, el sector terciario, la agricultura, la pesca, los servicios de recogida y tratamiento de residuos producen residuos derivados de su actividad económica. Se trata, por ejemplo, de la bolsa de harina de la panadería, residuos de producción, embalajes industriales, etc...
- las empresas constructoras producen residuos de construcción.
Entre los residuos generados en servicios e industrias, algunos pueden ser recogidos por los servicios públicos de la misma manera que los residuos domésticos. En este caso, hablamos de residuos asimilables a urbanos y se cuentan como residuos domésticos.
Hoy en día todos los productores de residuos están comprometidos con su reducción.
Profesionales: ¿por qué interesarse por el futuro de los residuos?
¡Los residuos tienen un coste! Ambiental en primer lugar si no se valorizan, pero también financiero para las empresas que los producen. Estos costes se dividen en :
- Costes de gestión externa (gestores de residuos…)
- Costes de gestión interna (tiempo empleado, materiales necesarios para la recogida,…)
- Costes de generación (compra y procesamiento de materiales y embalajes).
Para hacer que las empresas sean más responsables del impacto de sus residuos económicos, el principio de « quién contamina, paga » formulado en 1992 en la cumbre de Río de Janeiro, se configuró como una vía para disuadir del incumplimiento de la normativa medioambiental y acercarse al modelo de desarrollo sostenible. Este tratado afecta a toda Europa.
En 2004 se publicó la Directiva 2004/35/CE sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales, la cual Establece normas que se basan en este principio. Esto significa que una empresa que cause daños medioambientales es responsable de los mismos, por lo que debe tomar las medidas preventivas o reparadoras necesarias y sufragar todos los costes relacionados.
Durante los últimos 10 años, los esfuerzos realizados han dado sus frutos: la cantidad de residuos enviados al vertedero está disminuyendo mientras que la cantidad de residuos valorizados mediante recuperación de energía y reciclados están aumentando.
Los residuos se convierten en recursos gracias al nuevo enfoque de la economía circular.
Los residuos pueden convertirse en un recurso valioso:
- que abastece a la industria y reduce la cantidad de materias primas naturales: se ahorraron 17 millones de toneladas de materias primas.
- que participa en la creación de empleo: Al menos podrían crearse 500.000 nuevos empleos en Europa, si los estados miembros reciclaran el 70% de sus residuos, según muestra un nuevo estudio “Más empleos, menos residuos”, presentado por Amigos de la Tierra
- que contribuye a reducir la cantidad de CO2 emitido: la Unión Europea vierte o quema en la actualidad al menos 5,25 mil millones de euros en materiales reciclables cada año. Si reciclasen estos residuos se podría ahorrar el equivalente a 148 millones de toneladas de emisiones de gases de efecto invernadero, que equivaldría a 47 millones de vehículos circulando por las carreteras.
Un dato para que no quepa duda: en los quince años que llevamos utilizando los contenedores amarillos y azules en nuestro país hemos evitado entre (casi) todos la emisión de 12,6 millones de toneladas de CO2 a la atmósfera.
Para saber +:
• https://www.tierra.org/el-reciclaje-de-residuos-puede-crear-500-000-empleos/
• https://www.abc.es/sociedad/20140517/abci-reciclaje-internacional-201405162138.html
En las empresas, una obligación de clasificación
Legalmente, la Directiva 94/62/CE, transpuesta a la legislación española mediante la Ley 11/1997 es la que establece la obligación de adherirse o bien a un sistema de depósito, devolución y retorno, o bien a un sistema integrado de gestión de residuos.
La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, establece en su artículo 5 que la Administración General del Estado elaborará diferentes planes nacionales de residuos.
El Plan Nacional de Residuos Urbanos (PNRU) tiene por objeto prevenir la producción de residuos, establecer sus sistemas de gestión y promover, por este orden, su reducción, reutilización, reciclado y otras formas de valorización.
Quedan incluidos en este Plan todos los residuos urbanos o municipales generados en los domicilios particulares, comercios, oficinas y servicios, así como todos aquellos que no tengan la calificación de peligrosos y que, por su naturaleza o composición, puedan asimilarse a los producidos en los anteriores lugares o actividades.
Entre sus objetivos se encuentra la implantación, desde 2006, de la recogida selectiva en todos los núcleos de población de más de 1.000 habitantes. Así, actualmente existe servicio de recogida selectiva de los siguientes residuos:
- Papel y cartón
- Envases ligeros
- Vidrio
- Resto
Cabe destacar que, aunque en algunas comunidades autónomas ya se esté haciendo, es a partir de 2020 cuando también será obligatoria en todo el territorio nacional la recogida selectiva de biorresiduos (contenedor marrón).
En España, la ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados establece que los productores o poseedores finales de residuos, para asegurar el tratamiento adecuado de sus residuos estarán obligados a :
- Realizar el tratamiento de los residuos por sí mismo
- Encargar el tratamiento de sus residuos a un negociante, o a una entidad o empresa, todos ellos registrados conforme a lo establecido en esta Ley.
- Entregar los residuos a una entidad pública o privada de recogida de residuos, incluidas las entidades de economía social, para su tratamiento.
- Suministrar a las empresas autorizadas para llevar a cabo la gestión de residuos la información necesaria para su adecuado tratamiento y eliminación
- Mantener los residuos almacenados en condiciones adecuadas de higiene y seguridad mientras se encuentren en su poder
Internamente aplicar correctamente las instrucciones de recogida selectiva en una empresa es muy fácil, pero requiere concienciación de todo el personal en materia medioambiental. Una vez que se establecen las reglas de clasificación, deben comunicarse a todos los empleados, adoptar la señalización y la clasificación del material utilizado para depositar los residuos (papelera, contenedor, ...), y luego compartir los resultados de las medidas de monitorización implementadas.
Para saber +:
• https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2000-2110
• https://www.miteco.gob.es/images/es/borradoraplmodificacionleyderesiduos20180518_tcm30-449600.pdf
• https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-13046
Recogida selectiva para reciclar mejor
La obligación legal de recuperar los residuos ha permitido el desarrollo de estructuras profesionales especializadas en su recogida y procesamiento. De hecho, hoy en día, la mayoría de los residuos industriales se reciclan mediante gestores privados.
Para organizar adecuadamente la recogida y recuperación de sus residuos, los profesionales deben recurrir a un gestor privado a menos que los servicios públicos les ofrezcan recoger ciertos residuos de compañías cercanas a los residuos domésticos en cuanto a composición, cantidad y ubicación.
A cambio de los residuos recogidos, los proveedores de servicios deben proporcionar a las empresas interesadas un certificado indicando la naturaleza y cantidad del residuo que gestionan.
Para saber +:
• FER- Federación Nacional Recuperación y Reciclaje
• ANARPLA – plástico
• REPACAR - papel y cartón
• ANREPA – madera (pallets)
• ANAREVI – vidrio