La llegada de 2025 no solo supone un cambio de año en el calendario; además, desde el día 1 de enero ha entrado en vigor una serie de nuevas obligaciones legales relacionadas con el marcado y el etiquetado de los envases. Estas normas están derivadas del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases. Su objetivo se basa en la mejora del reciclaje y la reutilización y pretenden estandarizar la información que los consumidores necesitan para depositar los residuos de envases de manera correcta en los contenedores. Asimismo, tratan de alinear las obligaciones de etiquetado con las futuras disposiciones de la PPWR, el Reglamento Europeo de Envases y Residuos de Envases.
¿Cuáles son las nuevas obligaciones legales en el marcado de los envases?
Estas son las principales obligaciones de acuerdo con la nueva legislación que deben tener en cuenta las empresas fabricantes:
- Visibilidad y legibilidad en el marcado. El marcado de los envases debe de ser claramente visible, legible y duradero, de tal manera que se conserve incluso una vez se abra dicho envase. Para ello, la información tiene que aparecer en un tamaño de letra adecuado y situarse en un lugar que sea fácil de encontrar y leer.
- Indicación del contenedor de destino. Es obligatorio que aparezca claramente identificada la fracción o el contenedor donde se deben depositar los residuos. De esta manera, el proceso de separación para el reciclaje es más sencillo, ya que los usuarios sabrán dónde deben desechar cada producto o material del envase. Si este envase está compuesto por diferentes materiales separables, debe indicarse el contenedor específico para cada uno de ellos. En www.rajapack.es podrás encontrar un marcaje/pegatina que te ayudará a cumplir esta normativa.
- Empleo de un símbolo en los envases reutilizables. Los envases que sean reutilizables deberán incluir un símbolo que esté asociado al Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR). Con este sistema, los consumidores pueden devolver los envases a los puntos de venta para que puedan reutilizarse, impulsando la economía circular y reduciendo los residuos.
- Certificación para los envases de plástico compostables. El plástico sigue estando en el punto de mira. Los envases de plástico compostable deben informar sobre la certificación conforme a la norma UNE-EN 13432:2001: Envases y embalajes. Requisitos de los envases y embalajes valorizables mediante compostaje y biodegradación. Programa de ensayo y criterios de evaluación para la aceptación final del envase o embalaje. Así se garantiza que el plástico es compostable y se biodegradará de manera adecuada.
- Etiquetado de los envases compostables. Los envases compostables, tanto de compostaje doméstico como industrial, deben incluir la indicación “no abandonar en el entorno”. De esta forma, se pretende concienciar a los usuarios sobre la importancia de no dejar estos materiales en la naturaleza para evitar daños medioambientales.
- Información sobre sustancias peligrosas. Los productores y fabricantes deben informar en detalle sobre la composición de sus envases y la presencia de posibles sustancias peligrosas.

Indicaciones de marcado de envases voluntarias
Aparte de estas obligaciones, también se debe valorar esta serie de recomendaciones para otorgar información adicional en el etiquetado de los envases.
- Material del envase. Se recomienda que los envases indiquen el material que los compone.
- Reciclabilidad del envase. Los usuarios sabrán si un envase es reciclable y cómo se debe reciclar para que el proceso sea más efectivo.
- Cantidad del material reciclado. Indicar el porcentaje o cantidad de material reciclado que se ha utilizado en la fabricación del envase aumenta la transparencia y demuestra el compromiso con la sostenibilidad.
- Símbolo de SCRAP. El símbolo de los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor indica que la empresa pertenece a estas entidades y que sufraga la recogida y gestión del residuo para su reciclado.
- Símbolo del Punto Verde. Este pictograma indica que la empresa está acogida a un sistema integrado de gestión de residuos.

Prohibiciones en el marcado de envases
Al igual que obligaciones y recomendaciones, la normativa también establece qué queda totalmente prohibido en el etiquetado de los envases. En este ámbito, se prohíbe utilizar palabras o términos del tipo “respetuoso con el medioambiente”, ya que pueden generar confusión entre los usuarios y que estos acaben abandonando los envases en el entorno natural.
Las obligaciones de esta normativa entraron en vigor el día 1 de enero de 2025 y todas las empresas deben cumplirlas para que los envases estén etiquetados de manera adecuada. Puedes consultar aquí la nota interpretativa publicada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.